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Endurecen reglas: no más niños en moto; hasta los 12 años atrás y con cinto en autos

Reglamentaron ley de tránsito con duras exigencias para conductores y vendedores

En Uruguay, dos de cada tres siniestros de tránsito en los que hay muertos son protagonizados por motos. La cantidad de ciclomotores en las calles se disparó en los últimos años, al punto de superar en número a la suma del resto de los vehículos. El 18,1% de los motociclistas muertos el año pasado tenían entre 15 y 19 años. Es una verdadera epidemia que transita en dos ruedas.

A ello se suman problemas como la no aplicación y fiscalización de las normas vigentes, producto de un cortocircuito entre el Poder Ejecutivo y los gobiernos departamentales. Un ejemplo claro en ese sentido es la obligación del uso del casco, un elemento de seguridad que permite bajar la mortalidad de los conductores, pero que es resistido en algunos lugares del interior.

Las autoridades aseguran que sobra legislación en el país, aunque falta aplicarla. Ayer, Presidencia difundió el decreto reglamentario de la ley de tránsito y seguridad vial, en la que se establecen precisiones sobre prohibiciones y obligaciones. Se trata de una señal dura para enfrentar un problema que se cobra la vida de más de 560 personas por año. Según dice el artículo segundo de la reglamentación, los niños que no alcancen los posa pies en las motos no podrán circular. Para los que incumplan esa disposición, se establece una multa de una Unidad Reajustable ($ 721). Los niños y adolescentes, además, deberán utilizar cascos protectores de acuerdos a sus características físicas.

El decreto reglamentario también detalla normas a cumplir por automóviles, ómnibus e incluso ciclistas. El gobierno estableció plazos que van de seis meses a dos años para que se cumplan con las nuevas reglas. Asegura que las autoridades competentes para la vigilancia en el tránsito deberán realizar los controles y fiscalización de las normas, y aplicar “observaciones verbales, escritas o sanciones pecuniarias”. Las sanciones económicas son dirigidas para conductores, pero también para comerciantes que no cumplan con las nuevas obligaciones de vender motos junto con el casco.

Por ejemplo, serán castigados con una multa de $ 3.600 (5 Unidades Reajustables) a quien venda una moto sin su correspondiente casco reglamentario o sin los trámites de empadronamiento.

La Unasev presentará hoy los datos correspondientes al primer trimestre de 2014. Según pudo saber El Observador, la estadística marca un crecimiento de las muertes en siniestros de tránsito con respecto al mismo período del año pasado. De todos modos, en cifras absolutas la cantidad de fallecidos entre enero y marzo fue similar a la media de los últimos años. Uno de los datos que se destacan es un descenso en la participación de las motos en los siniestros con muertos.

Nuevas medidas

Niños en autos
Los niños de 0 a 12 años de edad están obligados a viajar en los asientos traseros de vehículos automotores con el sistema de sujeción infantil reglamentario. Si incumplimiento tiene una multa de 3 UR ($ 2.163).
Niños en motos
Se prohíbe a los conductores de ciclomotores, motocicletas, motos y similares transportar niños o adolescentes de cualquier edad que no alcancen los posa pies. Los niños que si lleguen a los posa pies, deben utilizar cascos adecuados a sus físico.
Cinturón de seguridad
Los vehículos de transporte colectivo de pasajeros en los servicios regulares de mediana, larga distancia y no regulares, o que transiten en rutas, deben contar con cinturones de seguridad para todos los pasajeros, excepto ómnibus urbanos y suburbanos de corta distancia.
Parados en el ónmibus
En los ómnibus interdepartamentales de madiana y larga distancia podrán transportar hasta un máximo de seis personas paradas por metro cuadrado.

Seguridad de autos
Los autos deberán incorporar frenos de tecnología ABS, airbag frontales en las plazas delanteras, apoya cabeza y cinturones de tres puntas en asientos traseros.
Implementos de motos
Pasa a ser obligatorio para todos quienes viajen en motos, cuatriciclos o similares, el uso permanente durante la circulación de un chaleco, campera o banda retro-reflectivas. Quienes vendan motos deben hacerlo con su casco habilitado y trámite de empadronamiento.
Bicicletas con bocina
Las bicicletas, motos, ciclomotores, motocicletas, cuatriciclos o similares de cualquier categoría deberán tener: sistema de freno delantero y trasero, espejos retrovisores, timbre o bocina, sistema lumínico consistente en un faro de luz blanca.
Maletín de seguridad
Los automóviles deberán llevar un maletín de seguridad vial, de color blanco con una cruz verde. Adentro, deberá llevar gasas, una linterna de luz led, guantes, cinta adhesiva, tijera, vendas, bolsas para depositar residuos biológicos y chalecos retro-reflectivos.

EL OBSERVADOR

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